A115 Uso autorizado de textos alternativos para la liturgia del Viernes Santo

Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Diputados,

Que la 81ª Convención General autorice para su uso hasta la 82ª Convención General, con el consentimiento del Obispo o de la autoridad eclesiástica, los textos alternativos de la Liturgia del Viernes Santo para su uso en toda la iglesia, con el consentimiento de la autoridad eclesiástica; y asimismo

Se resuelve, Que los textos alternativos para la Liturgia del Viernes Santo sean proporcionados a la iglesia sin costo alguno por distribución electrónica; y asimismo

Se resuelve, Que la Comisión Permanente sobre Liturgia y Música se encargue de la traducción por equivalencia dinámica de los textos alternativos de la liturgia del Viernes Santo a español, francés y criollo; y asimismo

Se resuelve, Que se ordene a la Comisión Permanente sobre Liturgia y Música que desarrolle un proceso para la evaluación del uso continuo de los textos alternativos para la liturgia del Viernes Santo entre las diócesis y congregaciones de esta iglesia.