C014 Resolución para Mejorar el Acceso al Plan de Seguro Médico Confesional
En 2021, la 111ª Convención de la Diócesis de Olympia aprobó la Resolución N.º 6, una acción que trabaja para abordar el sesgo implícito y la injusticia estructural. La segunda cláusula de la resolución dice así: “Se resuelve, Que la Comisión de Personal desarrolle Políticas de Asesoramiento que aseguren la disponibilidad de prestaciones médicas para el clero que trabaja en Estaciones Misioneras Designadas por el Obispo y ministerios especializados”.
El Plan de Seguro Médico Confesional (Denominational Health Plan, DHP) de la Iglesia Episcopal fue establecido por la Convención General con la Resolución A177 Establecimiento de un Plan de Seguro Médico Confesional (2009) y se perfeccionó con la Resolución B026 Implementación del Plan de Seguro Médico Confesional (2012). La A177 enmienda los cánones de la Iglesia Episcopal para designar al Church Pension Group como administrador del plan. El Plan de Seguro Médico Confesional se estableció para crear un acceso equitativo a las prestaciones médicas entre el clero y los empleados laicos de toda la Iglesia. Aunque la A177 especificaba el umbral de elegibilidad en un mínimo de 1,500 horas trabajadas al año, desde entonces el umbral se ha reducido a 1,000 horas remuneradas trabajadas al año (aproximadamente 19 horas semanales). La A177 también especifica que cada diócesis tiene la capacidad de establecer umbrales de participación en los gastos, que deben demostrar la paridad entre el clero y los empleados laicos.
En la Diócesis de Olympia, es posible que el clero que presta servicios en algunos contextos de ministerio étnico, urbano, rural o a tiempo parcial, así como muchos empleados laicos, no trabaje 1,000 horas remuneradas al año o no tenga fácil acceso a otro plan de salud patrocinado por el empleador (a través de otro empleo o de un familiar, por ejemplo). Esta resolución ofrece acceso al Plan de Seguro Médico Confesional para algunos clérigos y empleados laicos que quizás no tengan actualmente acceso a una cobertura y atención médica regular. Al pedirle a la Convención General que ordene al Administrador del Plan de Seguro Médico Confesional que reduzca la elegibilidad para participar de 1,000 a 500 horas anuales (aproximadamente 9 horas por semana) es un esfuerzo por lograr la inclusión y la justicia para todo el clero, particularmente para quienes sirven en entornos de ministerios étnicos y plantación de iglesias, así como muchos empleados laicos.
Enlace al Documento de Apoyo:
Resolución N.º 6 de la Diócesis Episcopal de Olympia (2021)
Nota: esta resolución o su explicación contienen referencias externas, como URL de sitios web, que podrían no estar traducidos a los idiomas requeridos por la Convención General. Debido a restricciones en materia de derechos de autor, la Convención General no puede proporcionar traducciones. Sin embargo, es posible que su navegador pueda proporcionarle una traducción automática a otro idioma. Si necesita ayuda al respecto, escriba a [email protected].
Explicación
En 2021, la 111ª Convención de la Diócesis de Olympia aprobó la Resolución N.º 6, una acción que trabaja para abordar el sesgo implícito y la injusticia estructural. La segunda cláusula de la resolución dice así: “Se resuelve, Que la Comisión de Personal desarrolle Políticas de Asesoramiento que aseguren la disponibilidad de prestaciones médicas para el clero que trabaja en Estaciones Misioneras Designadas por el Obispo y ministerios especializados”.
El Plan de Seguro Médico Confesional (Denominational Health Plan, DHP) de la Iglesia Episcopal fue establecido por la Convención General con la Resolución A177 Establecimiento de un Plan de Seguro Médico Confesional (2009) y se perfeccionó con la Resolución B026 Implementación del Plan de Seguro Médico Confesional (2012). La A177 enmienda los cánones de la Iglesia Episcopal para designar al Church Pension Group como administrador del plan. El Plan de Seguro Médico Confesional se estableció para crear un acceso equitativo a las prestaciones médicas entre el clero y los empleados laicos de toda la Iglesia. Aunque la A177 especificaba el umbral de elegibilidad en un mínimo de 1,500 horas trabajadas al año, desde entonces el umbral se ha reducido a 1,000 horas remuneradas trabajadas al año (aproximadamente 19 horas semanales). La A177 también especifica que cada diócesis tiene la capacidad de establecer umbrales de participación en los gastos, que deben demostrar la paridad entre el clero y los empleados laicos.
En la Diócesis de Olympia, es posible que el clero que presta servicios en algunos contextos de ministerio étnico, urbano, rural o a tiempo parcial, así como muchos empleados laicos, no trabaje 1,000 horas remuneradas al año o no tenga fácil acceso a otro plan de salud patrocinado por el empleador (a través de otro empleo o de un familiar, por ejemplo). Esta resolución ofrece acceso al Plan de Seguro Médico Confesional para algunos clérigos y empleados laicos que quizás no tengan actualmente acceso a una cobertura y atención médica regular. Al pedirle a la Convención General que ordene al Administrador del Plan de Seguro Médico Confesional que reduzca la elegibilidad para participar de 1,000 a 500 horas anuales (aproximadamente 9 horas por semana) es un esfuerzo por lograr la inclusión y la justicia para todo el clero, particularmente para quienes sirven en entornos de ministerios étnicos y plantación de iglesias, así como muchos empleados laicos.
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Resolución N.º 6 de la Diócesis Episcopal de Olympia (2021)
Nota: esta resolución o su explicación contienen referencias externas, como URL de sitios web, que podrían no estar traducidos a los idiomas requeridos por la Convención General. Debido a restricciones en materia de derechos de autor, la Convención General no puede proporcionar traducciones. Sin embargo, es posible que su navegador pueda proporcionarle una traducción automática a otro idioma. Si necesita ayuda al respecto, escriba a [email protected].