A073 Una Comisión Permanente para la Salud y el Bienestar Humano

Final Status: se coincide con remisión (a un organismo interino)

Se resuelve, Que la 81a Convención General modifique el Canon I.1.2.n al agregar una nueva subsección 6 de la siguiente manera:

I.1.2.n

6. Una Comisión Permanente sobre Salud y Bienestar Humano. La Comisión tendrá la obligación de:

i. Desarrollar y recomendar políticas, estrategias, programas y recursos a la Convención General y a la Iglesia Episcopal que apoyen y fortalezcan el ministerio de la Iglesia con todo el pueblo de Dios en su búsqueda por mantener y mejorar su salud física, mental, espiritual, relacional y emocional.

ii. Coordinar el desarrollo de recursos para fortalecer el florecimiento humano y apoyar ministerios de esperanza y sanación de la salud física y mental.

iii. Facilitar el desarrollo de habilidades básicas entre todos los miembros de la iglesia para el cuidado, el apoyo, la inclusión y la defensa de las personas que luchan con problemas de salud física y mental.

iv. Desarrollar y supervisar la capacitación de todo el clero y de los principales líderes laicos en el ministerio sobre salud mental.

Reunir las ideas, las mejores prácticas y los recursos desarrollados por diversos organismos de la Iglesia para abordar cuestiones de salud y bienestar humanos, incluido el trabajo realizado en el ministerio en relación con el consumo de sustancias, la prevención del suicidio, el trauma y la recuperación, la neurodivergencia, la discapacidad del desarrollo, los retos del envejecimiento, el dolor y las enfermedades crónicas, y reforzar la respuesta de las comunidades religiosas en colaboración con organizaciones locales y de base amplia.

vi. Ampliar los recursos y animar a prácticas de ministerio que apoyen la salud mental y física, ayudar a las comunidades religiosas a establecer hábitos y estructuras de acogida, inclusión, estímulo, facultamiento y apoyo de las personas de todas las edades que se enfrentan a problemas de salud mental, física, relacional, emocional y espiritual, y proporcionar ayudas útiles para una vida sana.

vii. Colaborar con otras comisiones, socios ecuménicos, expertos investidos y agencias y organizaciones públicas para crear recursos y capacitaciones óptimos.

viii. Colaborar en la búsqueda de fuentes de financiamiento y subvenciones, y en la utilización de fondos, que apoyen la capacitación del clero, los líderes laicos y las comunidades religiosas.

ix. Asociarse con otros organismos de la Iglesia en la educación y el fomento de las condiciones sociales y económicas que fortalecen o perjudican la salud y el bienestar humanos, como el acceso a la vivienda, la alimentación sana, la educación, el trabajo digno y los servicios de salud, así como la ausencia de violencia, estigmatización y racismo.

x. Supervisar la creación y revisión de contenidos de una presencia web sostenida que ofrezca una pasarela mediante enlaces a recursos sólidos de apoyo y fomento de la salud y el bienestar humanos.

xi. Dirigir planes de estudio acerca del ministerio sobre salud mental para clérigos, postulantes y líderes laicos, en consulta con la Comisión Permanente de Formación y Desarrollo Ministerial y otros socios de la Iglesia, según proceda.

xii. Coordinarse con redes e iniciativas relacionadas con la salud y el bienestar tanto dentro como fuera de la Iglesia Episcopal, incluidas, entre otras, la Asamblea de Capellanes Episcopales de Atención Médica, Aliados para la Recuperación en la Iglesia Episcopal, la Unión de Episcopales Negros, el Servicio Comunitario Episcopal en América, CREDO, St. Francis Ministries, la Red Interreligiosa sobre Enfermedades Mentales, FaithNet de NAMI, Lutheran Family Services y diversos programas de bienestar basados en la fe.

Y asimismo.

Se resuelve, Que la Convención General solicite al Comité Permanente Conjunto sobre Programa, Presupuesto y Finanzas que asigne US$75,000 para financiar el trabajo de la Comisión Permanente para el trienio 2024-2027.